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OOSC. Parte II, Punto 2, sujeción de carga, f. Definición de la estructura frontal

Fecha de registro4 de noviembre de 2023
Número de asunto23-052-VEH
NombreTECHTRP Nick Wright
AgenciaKansas Highway Patrol
Dirección1220 S. EnterpriseOlathe, KS, 66061United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono913-782-8100
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Vehículos
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Aclaración de la definición de los requisitos de la estructura frontal (49 CFR § 393.114) en lo que respecta a la cantidad de carga que debe estar en contacto con la estructura frontal para obtener "crédito" por estar colocada contra la estructura o dispositivo sustituto. La regulación para la altura de la estructura frontal se encuentra en 393.114(b)(1): "La estructura frontal debe extenderse hasta una altura de 4 pies por encima del piso del vehículo o hasta una altura que impida el movimiento hacia adelante de CUALQUIER objeto o artículo de carga que se transporte en el vehículo, lo que sea menor." En la foto adjunta del tubo negro sujeto con correas amarillas y azules, la carga está apilada en seis tubos de altura. La confusión se basa en la palabra "cualquiera" en la normativa mencionada. Algunos argumentan que los cuatro tubos superiores no reciben crédito por estar en contacto con la estructura frontal, mientras que otros argumentan que sí, debido a que la estructura frontal bloquea el movimiento de "cualquiera" de la carga (es decir, los dos niveles inferiores de tubería). ¿La palabra "CUALQUIERA" se refiere a cualquier tubería en un paquete unitario, o a CUALQUIER tubería en el vehículo de transporte?

Justificación o necesidad

Uniformidad en las inspecciones, tanto para el cumplimiento de la normativa como para la industria, para garantizar que los transportistas no reciban infracciones erróneas en la carretera y que utilicen un número adecuado de amarres para cumplir con la norma 393.110. Una aplicación incorrecta de esta normativa podría reducir la seguridad al no exigir la correa adicional para los primeros 3 metros de longitud de la carga, o podría ocasionar dificultades indebidas a los transportistas si se les suspende el servicio por no cumplir con los requisitos mínimos de sujeción de la norma 393.110 (por ejemplo, multas y retrasos).

Solicitud de acción

Considere las fotografías adjuntas y cómo se aplicaría la norma 393.110. Se recomienda que esta solicitud se presente al foro de armonización de la sujeción de carga para su consideración.

Medidas adoptadas por el comité

It was reported that this issue was discussed in the Cargo Securement Harmonization Public Forum. Discussion was whether a load that has a partial front-end structure serves for the entire load or just the part that is touching the front-end structure, resulting in an additional tiedown requirement for the remaining part of the load. The Forum determined that you have to look at the applicability section first. The Vehicle Committee determined that there was no action as this issue is addressed under applicability.

393.114 (a) Applicability. The rules in this section are applicable to commercial motor vehicles transporting articles of cargo that are in contact with the front-end structure of the vehicle. The front end structure on these cargo-carrying vehicles must meet the performance requirements of this section.

If the articles of cargo are NOT against the front-end structure, 393.114 doesn’t apply. You have to be in contact with it to get credit for it.

Documentos de respaldo