Fecha de entrada13 de septiembre de 2024
Número de emisión24-058-VEH
NombreNick Wright
AgenciaPatrulla de carreteras de Kansas
Dirección 1220 S. Empresa
Olathe, KS 66061
Estados Unidos
Localizar en un mapa
Teléfono913-782-8100
Correo electrónicoCorreo electrónico oculto; Se requiere Javascript.
Nombre del problemaOOSC, Parte II, Artículo 2. Sujeción de la carga: plataformas de remolque
Resumen del problema

No hay nada claramente establecido en la normativa sobre cómo deben manipularse los remolques que utilizan las grúas en lo que respecta a la sujeción de la carga. Estos remolques suelen estar formados por cuatro ruedas con travesaños que se colocan debajo del vehículo que se va a remolcar. El vehículo remolcado se levanta del suelo y las ruedas del remolque están en contacto con el suelo. Ninguna de las ruedas del vehículo remolcado toca el suelo. Ha surgido la pregunta de si consideramos esto un "remolque" o si el vehículo remolcado sigue considerándose un vehículo para llevar o remolcar.

Un fabricante (Collins) los denomina a veces "plataformas de alta velocidad". Por lo general, se utilizan enganchando un automóvil con un elevador de ruedas hidráulico desde debajo de una grúa, colocando estas plataformas alrededor del otro eje del vehículo remolcado y utilizando una barra o palanca para enganchar las plataformas, lo que eleva el automóvil del suelo y lo coloca sobre los travesaños de la plataforma.

https://www.youtube.com/watch?v=3bAFcZ7mjR8

Justificación o necesidad

La pregunta fundamental es si se consideran vehículos que se pueden retirar en el auto o remolcar. En ambos casos, surgen múltiples problemas de aplicabilidad y excepciones, por lo que lo argumentaré en ambos sentidos.

¿Se consideran vehículos para llevar o remolcar?

DEFINICIÓN

Operación de entrada-remolque significa una operación en la que se transporta un vehículo de motor vacío o sin carga con uno o más juegos de ruedas sobre la superficie de la carretera:

(1) Entre las instalaciones del fabricante del vehículo;
(2) Entre un fabricante de vehículos y un concesionario o comprador;
(3) Entre un concesionario u otra entidad que vende o alquila el vehículo y un comprador o arrendatario;
(4) A la terminal de un transportista o centro de reparación para la reparación de daños incapacitantes (como se define en esta sección) después de un accidente; o
(5) A la terminal o centro de reparación de un transportista para reparaciones asociadas con la falla de un componente o sistema del vehículo; o
(6) Por medio de un soporte de sillín o de una barra de remolque.

Argumento EN CONTRA: el vehículo remolcado no tiene ninguna rueda en contacto con la superficie de la carretera.
Argumento a favor: hasta donde sé, los remolques no se pueden remolcar sin un vehículo acoplado a ellos, por lo que se convierten esencialmente en una extensión del vehículo remolcado y, por lo tanto, en un DA/TA. Los remolques son solo ruedas y travesaños. No tienen ni barra ni marco.

ASEGURAMIENTO
Si SON un DA/TA, entonces se aplican 393.71(h)(5) y (h)(10) (asegurados al elevador de ruedas y a las plataformas mediante medios “adecuados” y cadenas de seguridad).

Si NO son un DA/TA, entonces no se aplica la sección 393.71. Si los consideramos carga y no un DA/TA, entonces son básicamente un semirremolque, por lo que las cadenas de seguridad no se aplican a nivel federal (solo se aplican según la ley estatal, según corresponda). Si es un semirremolque, se aplica la sección 393.128, que requiere dos dispositivos de sujeción, uno en la parte delantera y otro en la parte trasera, como un automóvil en una plataforma.

FRENOS
Si SON un DA/TA, no se requieren frenos.
393.42 (b) (2)
(2) Los vehículos de motor que se remolcan en una operación de remolque en marcha (incluido el último camión de combinaciones de montaje triple (consulte § 393.71(a)(3)) no están obligados a tener frenos operativos siempre que la combinación de vehículos cumpla con los requisitos de § 393.52.

Si NO son DA/TA, se necesitarían frenos ya que el automóvil que los transporta suele pesar más de 3,000 libras. Nunca he visto estos carritos con frenos y no puedo imaginar cómo podrían estar equipados con frenos ya que no tienen conexiones (neumáticas o hidráulicas).

INSPECCIÓN ANUAL
Si NO es un DA/TA, se requeriría una inspección anual, pero literalmente son solo algunas ruedas, neumáticos y travesaños desmontables, así que no sé qué habría que inspeccionar. No es un vehículo.

Creo que estos deberían seguir considerándose vehículos que se pueden llevar en coche o remolcar, ya que no se pueden usar sin un vehículo remolcado conectado a ellos.

CONSIDERACIÓN ADICIONAL
Si estas ruedas, cubos o neumáticos no cumplen con las normas, ¿se tratan de la misma manera que otras ruedas, cubos o neumáticos del CMV? Por ejemplo, un cojinete expuesto en una de las ruedas de la plataforma o un neumático liso.

Solicitud de acción

Solicito que el foro de armonización de aseguramiento de carga considere esta solicitud y recomiende al comité de vehículos si se pueden retirar con el vehículo o remolcar.

Medidas adoptadas por el comité

El Foro Norteamericano de Armonización de la Sujeción de Carga definió la "plataforma de alta velocidad" como DA/TA y determinó que el vehículo no era carga, por lo que remitió el asunto al Comité de Vehículos para su posterior análisis. El Comité de Vehículos acordó que la combinación es DA/TA y desarrolló el texto de la Política Operativa 15 para ayudar a los inspectores a aplicar la normativa en situaciones en las que la plataforma no está adecuadamente sujeta al vehículo que remolca. Se añadió el siguiente texto a la Política Operativa 15 con fotos.

3. DISPOSITIVOS DE ACOPLAMIENTO
b.(3)(a) ¿Es necesario asegurar al elevador de ruedas un vehículo remolcado en un elevador de ruedas detrás de una grúa con las ruedas del vehículo remolcado en el suelo?

RESPUESTA: Sí. El artículo 393.71(h)(5) exige que el vehículo remolcado esté asegurado al elevador de ruedas. Además, el artículo 393.71(h)(10) exige que se instalen dispositivos de seguridad entre el vehículo remolcador y el remolcado.

b.3.(b) ¿Se considera un vehículo remolcado con plataformas con ruedas, como se muestra en la imagen de arriba, como un vehículo de remolque?
¿operación de remolque?

RESPUESTA: Sí, siempre que cumpla con la definición de vehículo para llevar o remolcar en § 390.5T.

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